- INFO@EDMRADIO.ES
- EDM RADIO
- EDMRADIOOFICIAL
- EDMRadioOficial
- EDM RADIO
Listeners:
Top listeners:
EDM Radio Somos Jóvenes
EDM Radio Sevilla Somos Jovenes!!!
Entrevista Erick Galan
Del 15 Al 1 – Sábado 6 de Marzo del 2021 EDMRADIO
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado la ratificación de las medidas acordadas en la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ya que se veían afectados los derechos y libertades fundamentales.
La Sala concluye que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y en concreto su artículo 65, «no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales». Es decir, que la formula legal elegida por Illa para decretar el cierre de Madrid no es ajustada a Derecho.
La resolución aclara que es el artículo 65 de la referida ley el que cita el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020 como «único título legal habilitante» de la potestad administrativa ejercitada en la mención del citado acuerdo y la emisión de la Orden comunicada, cuya ejecución lleva a cabo la Comunidad de Madrid.
«Por ello, -continúa la resolución- la ratificación de las medidas sanitarias restrictivas de derechos fundamentales dependerá del juicio que merezca tal habilitación legal», es decir, los magistrados dilucidan en el presente auto, «si la previsión del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, autoriza la restricción de derechos fundamentales y libertades públicas», abordándose con independencia de que «las medidas restrictivas de tal derecho fundamental fueran necesarias e idóneas para evitar la extensión de la enfermedad en una situación de pandemia como la actual».
Escrito por EDM RADIO
Cierre coronavirus Madrid ministro orden pandemia salvador illa TSJM
© EDM RADIO 2003 -2024
Comentarios de las entradas (0)