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SOCIEDAD

LA AUDIENCIA DE VALENCIA CONDENA A CINCO AÑOS DE PRISIÓN AL EXMARIDO DE MÓNICA OLTER POR ABUSAR DE UNA MENOR

today24 marzo, 2021 36

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La anterior sentencia fue revocada por el Tribunal Superior de Justicia, que ordenó que se repitiera el juicio.

Luis Eduardo R. I., exmarido de la vicepresidenta Mónica Olter, en el juicio por su implicación en un delito de abusos sexuales. (El Mundo)

La Audiencia de Valencia ha confirmado este martes la condena a cinco años de prisión para Luis Eduardo R.I., exmarido de la vicepresidenta Mónica Oltra, por un delito de abusos sexuales sobre una menor internada en el centro donde este era educador.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana anuló previamente la condena que interpuso la Audiencia y ordenó que se repitiera el juicio para tener en cuenta dos informes que ponían en duda la credibilidad de la joven, pero que han resultado claves para la resolución del caso. En la repetición de la vista, la Fiscalía mantuvo su petición de cinco años de prisión y la Sección 2 Audiencia de Valencia ha tenido en cuenta el agravante de prevalimiento en su condena por el delito de abuso sexual continuado a una menor de 16 años.

La sentencia ha considerado que la joven estaba tutelada por la Generalitat Valenciana tras ser declarada en situación de desamparo y que, en su estancia en el centro de menores, “entre dos o diez ocasiones, el reo, que desempeñaba el turno de noche en aquella época, acudía a la habitación de la menor […] y, una vez que creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella”.

En 2019, la Audiencia condenó al exmarido de Mónica Olter, pero la defensa pidió su absolución o, al menos, que se repitiera el juicio ante la indefensión del acusado por la “falta de diligencia” de la Consejería de Igualdad y la Fiscalía, ya que la Consejería envió pruebas exculpatorias a las que no tuvo acceso el tribunal. Por su parte, la Fiscalía denunció que la Consejería de Igualdad mantuvo silencio durante cuatro meses frente a la denuncia de la joven.

Ahora, la Audiencia valenciana no considera que los informes sirvan como prueba exculpatoria y da credibilidad a la declaración de la mejor porque no encuentra “ninguna razón para dudar de ella”. Por lo tanto, pese a que se hayan estudiado nuevas pruebas de la defensa del acusado, la Audiencia considera que estas no son suficientes como para variar la primera sentencia que condenaba a Luis Eduardo R. I. a cinco años de prisión.

Cristian Pulido Collazos

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Escrito por EDM RADIO

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