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Entrevista Erick Galan
Del 15 Al 1 – Sábado 6 de Marzo del 2021 EDMRADIO
Desde el viernes 25 España se ha convertido en el séptimo país del mundo en permitir esta práctica tras Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia.
En nuestro país cualquier persona mayor de edad que se encuentre sufriendo a causa de una enfermedad terminal e incurable podrá solicitar la ayuda de un profesional médico para morir. Los solicitantes que cumplan los requisitos podrán ver como los trámites se alargan entre 30 y 40 días si no hay ningún problema añadido.
La asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) explica que los 10 pasos de los que consta el proceso certifican que la decisión es personal, firme, libre, meditada y responde a lo previsto por la ley de eutanasia. Estos 10 pasos son los siguientes:
PASO 1: Petición formal por escrito de la eutanasia con fecha y firma al médico habitual del solicitante. El profesional sanitario tendrá que firmar en la solicitud, incorporarla a la historia clínica y será el encargado de verificar que la petición cumple con los requisitos que marca la ley. En un plazo máximo de 2 días el médico hablará con el paciente y le explicará otras alternativas a su disposición y le ofrecerá cuidados paliativos.
PASO 2: Habrá que hacer una segunda solicitud al médico al menos 15 DÍAS después de haber hecho la primera. Habrá un segundo proceso de deliberación y un día después de este el médico preguntará al paciente si desea continuar con el proceso, en caso de que sí quiera informará del hecho al equipo asistencial y familiares, el paciente tendrá que firmar un consentimiento informado.
PASO 3: Tras firmar el consentimiento, el médico denominado principal (médico responsable) se pondrá en contacto con otro médico (médico consultor), este último no puede tener relación con el primero ni con el paciente, evaluará también si el proceso cumple con los requisitos de la ley.
PASO 4: El médico consultor se entrevistará con el solicitante y emitirá un informe favorable o desfavorable en un plazo máximo de 10 DÍAS.
PASO 5: Si ambos médicos coinciden en que la petición es acorde con la ley, el médico responsable remite un informe con la información a la presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación (CGE) autonómica.
PASO 6: La CGE designará en 2 DÍAS a un médico y un jurista para que juntos evalúen el caso.
PASO 7: El médico y jurista tienen 7 DÍAS para elaborar un informe.
PASO 8: Notificarán la resolución a la Presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación.
PASO 9: Si la resolución es favorable, el médico responsable será notificado en 2 días.
PASO 10: A partir de este momento, entre 30 y 40 días después de la petición original, ya puede efectuarse la eutanasia en el momento en el que el solicitante así lo decida. Cinco días después de que la ayuda médica a morir haya sido otorgada, el médico remitirá a la CEG un informe sobre el procedimiento.
Victoria Mohedano Arroyo
Escrito por EDM RADIO
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